Son requisitos indispensables para el ejercicio de la profesión:
- Hallarse en posesión del título de Grado o Diplomatura en Trabajo Social y/o título de Asistente Social.
- Hallarse incorporado al Colegio Profesional donde radique su domicilio profesional principal en cumplimiento de la Ley 2/1974 de 13 de febrero de Colegios Profesionales ,modificada por la Ley 74/1978, de 26 de diciembre, la Ley 7/1997, de 14 de abril y por el Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, la Ley 10/1982 de 13 de abril de Creación de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales y la Ley 1/2001 de 16 de marzo de Colegios Profesionales de Cantabria. El profesional así inscrito, podrá ejercer su actividad profesional en todo el Estado Español siempre que comunique, a través del Colegio Oficial de Cantabria a los distintos colegios las actuaciones que vaya a realizar en sus demarcaciones, a fin de quedar sujeto, con las mismas condiciones económicas que se exijan habitualmente a sus colegiados/as, a las competencias de ordenación, visado, control deontológico y potestad disciplinaria.
- No estar incapacitado para el ejercicio profesional. En caso de padecer impedimentos físicos o mentales, que por su naturaleza o intensidad imposibiliten el cumplimiento de las funciones propias del Trabajo Social, deberá existir declaración oficial expresa del tribunal o comisión competente.
- No hallarse inhabilitado/a o suspendido/a en virtud de sentencia firme, para el ejercicio de la profesión.
- No hallarse bajo sanción disciplinaria firme de suspensión de la condición de colegiado/a o de expulsión de algún Colegio Oficial del Trabajo Social del territorio español.
Para proceder con la colegiación puede hacerlo mediante dos vías:
- Puede presentar la documentación que se detalla a continuación en la sede del Colegio Oficial del Trabajo Social de Cantabria (COTS Cantabria).
- Mediante Ventanilla Única del Trabajo Social
Si se opta por esta fórmula, es imprescindible llevar a las oficinas del Colegio (C/ Lealtad 19, Entlo. Izda. B, de Santander) ORIGINAL y COPIA para compulsa.
- Solicitud de incorporación.
- Ficha de datos del colegiado/a.
- Dos fotografias tamaño carnet.
- Original y Fotocopia del D.N.I.
- Original y Fotocopia de título oficial de:
Grado en Trabajo Social o Certificación supletoria provisional.*
Diplomatura en Trabajo Social.
* (La certificación supletoria será expedida por la Secretaría de la Universidad correspondiente, deberá incorporar el número de Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales y será firmada por el Rector (art. 14 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales).
Los/as colegiados/as tendrán que abonar una matrícula al colegiarse; y una cuota colegial.
El pago de las cuotas de colegiado es una obligación que permite acceder a los servicios prestados por el COTS Cantabria.
12 € (Si la colegiación se produce durante los dos años inmediatos de terminar los estudios)
60 € (Si la colegiación se produce transcurridos dos años del termino de los estudios)
35€ Trimestrales
La cuota colegial es deducible a efectos de IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), cuando se está en ejercicio.
Para más información, sobre la cuantía y forma de pago, ponerse en contacto con la secretaría del COTS Cantabria.
Solicitud de baja como colegiada/o en esta Organización Profesional, la Junta de Gobierno del Colegio Oficial del Trabajo Social de Cantabria informa de lo siguiente:
- Para el ejercicio en Cantabria de cualquier profesión será necesario pertenecer al Colegio correspondiente.
- Cualquier profesional, aun trabajando para la Administración no podrá ejercer su profesión sin estar colegiado/a cuando el destinatario de acto o actividad profesional puedan ser clientes-usuarios de los Servicios Sociales o de cualquier Unidad Administrativa; en definitiva los ciudadanos en general.
- Únicamente puede ser causa de baja legal no ejercer la profesión de Trabajador/a Social o por incorporación a otro Colegio Oficial de Trabajo Social.
La Junta de Gobierno contempla la solicitud de baja en los siguientes supuestos:
- Solicitud por escrito de baja dirigida a la Junta de Gobierno del COTS Cantabria.
- Informe de Vida Laboral actualizado.
- En caso de situación de desempleo, fotocopia demanda de desempleo del Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN)
- En caso de estar trabajando, fotocopia y original del contrato de trabajo en el cual figure que categoría profesional distinta a la de Trabajador/a Social.
- Devolución de carnet y sello colegial.